Liga 1

Congreso busca beneficiar a Universitario por 35 años más: club merengue no paga deuda concursal

Parlamentario de Acción Popular, Jorge Flores Ancachi, presentó proyecto de Ley 07653/2023-CR que busca extender Ley 31279, la cual viene beneficiando al equipo.

Por Carlos Palacios

En julio de 2021, el Congreso de la República aprobó la Ley 31279, que regula el procedimiento concursal de apoyo a la actividad deportiva futbolística en el Perú. Su objetivo principal, en teoría, es establecer un procedimiento concursal especial para los clubes de fútbol profesional que se encuentren en una situación de insolvencia económica.

La normativa establece un conjunto de medidas excepcionales y transitorias para ayudar a los clubes de fútbol profesional en dificultades financieras a sanear su situación económica y proteger su patrimonio. Entre las principales medidas se encuentra la suspensión provisional de los procedimientos concursales ordinarios, lo que significa que se detiene temporalmente la aplicación de estos procedimientos a los clubes de fútbol profesional que se acojan a la Ley 31279. Esto implica la suspensión de la ejecución de medidas como la incautación de bienes o la liquidación forzosa.

Además, se crea un procedimiento concursal especial, estableciendo un nuevo proceso específico para los clubes de fútbol profesional, con plazos y requisitos adaptados a las características de este sector. También se prohíbe la enajenación de activos, impidiendo la venta o transferencia de los activos tangibles e intangibles de los clubes que se acojan a la Ley 31279, con el objetivo de preservar su patrimonio.

Finalmente, se crea una Comisión de Alto Nivel encargada de supervisar la aplicación de la Ley 31279 y de brindar apoyo a los clubes en la elaboración e implementación de planes de reestructuración financiera. Cabe indicar que han pasado casi tres años y nunca se instaló la referida comisión.

PRINCIPAL BENEFICIADO

Si bien la ley fue creada para beneficiar a todos los clubes concursados, el principal beneficiado fue el club Universitario de Deportes, pues es el que mayor deuda tenía. La deuda del club merengue bordea los 500 millones de soles, mientras que la de Sport Boys, el otro club que accedió a la protección de la ley, solo alcanza los 14 millones.

Según explicaron a EXPRESO especialistas en procesos concursales, la Ley 31279 brindó a Universitario de Deportes una protección temporal ante sus acreedores, evitando su inmediata liquidación. Esto permitió al club negociar con sus acreedores un plan de pagos viable para reestructurar su deuda. Asimismo, la ley permitió a Universitario elaborar e implementar un plan de reestructuración financiera con el objetivo de sanear sus cuentas y volver a una situación de solvencia económica. La Ley 31279 también prohibió la venta o transferencia de los activos tangibles e intangibles del club, permitiéndole conservar su patrimonio deportivo, incluyendo el estadio Monumental, la marca Universitario de Deportes y los derechos de formación de los jugadores. De igual modo, el club merengue pudo evitar su desaparición y continuar compitiendo en los torneos profesionales de fútbol peruano.

Para el abogado corporativo José Asti Heredia, el espíritu de la Ley 31279 era reordenar financieramente a los clubes y que se formara una comisión especializada para revisar la información histórica y financiera de los mismos. Sin embargo, esto nunca ocurrió.

“Mi opinión personal es que la norma estuvo pensada en beneficiar solo al club Universitario de Deportes y la realidad actual lo confirma: hoy Universitario registra avances financieros y deportivos, mientras que el otro club, Sport Boys, todo lo contrario. Ambos clubes se acogieron a la norma y solo el primero presenta avances, pese a que su deuda es mucho mayor”, comentó a EXPRESO.

NUEVO PROYECTO DE LEY

La Ley 31279 tiene una vigencia de tres años que vence en julio de este año. Sin embargo, existen vacíos legales que permitirán a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ratificar a Jean Ferrari en Universitario y a Adrián Alcocer en Sport Boys.

A fin de aclarar estos vacíos y formalizar la normativa, el congresista de Acción Popular Jorge Flores Ancachi presentó el último 22 de abril el proyecto de ley 07653/2023-CR que “propone modificar y complementar los artículos 2, 4, y 6 de la ley que regula el procedimiento concursal de apoyo a la actividad deportiva futbolística en el Perú, a fin de fortalecer la actividad deportiva”.

Lo más llamativo es que este nuevo proyecto de ley busca que el administrador provisional esté facultado para elaborar y ejecutar un Plan de Viabilidad que contenga una propuesta y cronograma de pago de las acreencias concursales y postconcursales.

“Según lo establecido, el administrador provisional está obligado a llevar a cabo un proceso de actualización y regularización de las acreencias concursales, postconcursales o cualquier deuda de origen no concursal. Además, se le otorga la facultad de emplear mecanismos tanto extrajudiciales como arbitrales, judiciales o administrativos.

Esta atribución confiere al administrador provisional un poder considerable para revisar y sanear dichas obligaciones. Es importante destacar que esta responsabilidad asignada al administrador provisional trasciende su rol temporal y lo equipara a un administrador permanente; esta norma de provisional no tiene nada”, señaló Asti Heredia.

Otro punto llamativo del proyecto de ley es que abre las puertas para que otros clubes en situación financiera complicada se acojan a la norma sin tener a la SUNAT como acreedor.

“Los clubes de fútbol en situación de crisis financiera y que no se encuentren sometidos a concurso podrán acogerse a los beneficios de la presente ley, agotando previamente las etapas del procedimiento concursal señaladas en la Ley 27809 - Ley General del Sistema Concursal, hasta la convocatoria e instalación de la junta de acreedores”, señala la norma.

Al respecto, el especialista precisó que, de aprobarse la norma, clubes como Deportivo Municipal y Juan Aurich podrían acogerse al nuevo régimen. “Una vez que se ha cumplido con las disposiciones de esta normativa, lo que se estipula es que los clubes de fútbol que hayan designado un administrador temporal en virtud de esta ley específica continuarán sujetos a sus disposiciones hasta que hayan solventado todas sus obligaciones tanto concursales como no concursales. En otras palabras, esta ley brinda un marco de protección y continuidad a los clubes en crisis financiera, al tiempo que garantiza que permanezcan bajo su amparo hasta que hayan cumplido con todas sus obligaciones financieras”, explicó.

LOS PLAZOS

Del mismo modo, el proyecto presentado por el congresista Flores Ancachi establece un cronograma de pagos de deuda concursal dependiendo del monto adeudado. En ese sentido, fija un plazo de 10 años para el caso de acreencias concursales, postconcursales e intereses que en su conjunto no superen los veinte millones de soles; 15 años, para el caso de acreencias concursales, postconcursales e intereses que en su conjunto no superen los treinta millones de soles; 20 años, para el caso de acreencias concursales, postconcursales e intereses que en su conjunto no superen los cincuenta millones de soles; 25 años, para el caso de acreencias concursales, postconcursales e intereses que en su conjunto superen los cincuenta millones de soles, pero sean menores a los cien millones de soles; y 35 años para el caso de acreencias concursales, postconcursales e intereses que en su conjunto superen los cien millones de soles.

“¿Quién es el único club que debe más de cien millones de soles? Universitario de Deportes. Entonces, lo que busca esta ley es que la SUNAT administre el club por 35 años más. En el caso del Boys, teniendo en cuenta que su deuda es de 14 millones, solo estaría bajo la administración de la SUNAT por 10 años”, anotó el abogado Asti.

¿DÓNDE QUEDA GREMCO?

Para el especialista legal, esta situación deja fuera de la jugada a la constructora Gremco, así tenga acreencias o no.

“Este proyecto establece que, independientemente de la posición del mayor acreedor, al acogerse a esta normativa, se somete a la autoridad de la SUNAT, lo que conlleva la designación de un administrador temporal por un período mínimo de tres años, junto con un plan de reestructuración de hasta 35 años. Por lo tanto, una vez que una entidad se acoge a esta ley, la SUNAT continuará designando administradores temporales hasta que se haya cumplido con el pago completo de la deuda, que puede extenderse hasta 35 años. Bajo esta premisa, para que Gremco pueda retomar el control del Club Universitario de Deportes, la entidad tendría que salir del proceso concursal, lo cual parece improbable debido a la suspensión del mismo y a la ampliación del período de suspensión por 35 años, en caso de aprobarse la norma”, dijo.

En ese sentido, estimó que lo que va a tratar de hacer Gremco es buscar la inconstitucionalidad de esta ley, argumentando que las leyes no pueden beneficiar a un solo actor, y en este caso, la ley y el posible proyecto de ley solo benefician a Universitario de Deportes. “La deuda que maneja Universitario es mucho mayor a la suma de todos los clubes del fútbol peruano. El que más se le acerca es Alianza Lima y solo debe 40 millones de soles. Entonces, acá no hablamos de si la ley es justa o no, hablaríamos de que sería inconstitucional porque buscaría el beneficio de un solo participante”, anotó.

COMPETENCIA DESLEAL

Finalmente, el especialista lamentó que el Congreso se preste para promover la competencia desleal.

“Todos debemos partir desde el mismo punto para lograr equidad. ¿Por qué debo enfrentar consecuencias si pago mis deudas y otros no lo hacen? ¿Por qué se permite que algunos evadan sus responsabilidades financieras mientras otros cumplen? Siendo un club de primera o segunda división, una deuda coactiva podría ser impuesta en cualquier momento, lo que podría resultar en la pérdida de puntos en la Federación Peruana de Fútbol (FPF) y la revocación de la licencia. Mientras tanto, otro club permanece en un estado de suspensión del proceso por 35 años sin asumir ninguna obligación financiera. En este contexto, ¿qué tipo de igualdad y justicia estamos promoviendo?”, manifestó.

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